COMENTARIO DE “ADOLESCENTES EN EL LIMBO LEGAL”
1 -. Este texto es un artículo publicado en una revista del supermercado Eroski – Consumer, en la que aparecen información y consejos acerca de temas cotidianos y de salud.
En este caso es un texto expositivo que nos informa y aclara sobre dudas que los padres puedan tener acerca de los derechos legales de los menores. Por esto tiene un carácter objetivo y claro: se emplea la 3ª persona y el presente ( implica, pueden…), oraciones pasivas reflejas ( se informará a los padres…), y léxico denotativo. ( Aitana P. ©)
Es un texto divulgativo pues los artículos publicados por este grupo van dirigidos a personas que no son especialistas en el tema.
2 -. El emisor es el grupo Eroski Consumer mediante un boletín redactado por alguno de sus periodistas. No se encuentran marcas de emisor debido a la impersonalidad comentada.
El texto abarca a un público amplio, cliente, pero también personas que estén estrechamente relacionadas con adolescentes, padres y madres, tutores, o los mismos adolescentes. Estos tres grupos serían el receptor “ideal” .
La intención es dar a conocer los derechos de los menores de edad, y en el caso de que lo seamos hacer valer nuestros derechos. La función del lenguaje es la representativa, al transmitirnos ideas que se pueden comprobar y por usar un léxico denotativo. El registro es estándar como corresponde a los medios de comunicación. El código es el lenguaje verbal que se combina con algunas imágenes que son de apoyo al texto escrito. (I. Poveda©).
El canal utilizado es la página web de Eroski en el boletín de 12 de diciembre de 2009. Los conocimientos previos de los receptores aunque no deben ser amplios, deben dominar algunos conceptos del área jurídica y administrativa. (JC Irigoyen©)
3 -. El título del artículo es coherente con el tema ya que hace referencia por medio de una metáfora – “limbo” – a la situación legal de los menores de edad.
El artículo trata sobre los derechos de los menores en diferentes ámbitos, como la cirugía estética, los tatuajes, la telefonía móvil, los cursos… (Leire F. ©)
Esquema:
1. La mayoría de edad está en los 18 años, pero desde los 14 años hay situaciones de independencia.
1.1. Firma de contratos.
1.2. Cirugía estética.
1.3. Tatuajes.
1.4. Telefonía móvil.
1.5. Productos y situaciones.
1.6. Academias y cursos.
1.7. Contratos firmados por menores.
1.8. Venta de inmuebles.
3. Los padres
3.1. Reclamación.
3.2. Acudir a una asociación de consumidores. 3.3. Vía judicial. (I. Labiano©)
4 -. En primer lugar la repetición sintáctica se manifiesta en el contenido que está estructurado en forma de preguntas y respuestas. La repetición léxica la encontramos en palabras como menores de edad, contratos, padres y tutores. Como sinónimos y paráfrasis podemos poner como ejemplo intervención quirúrgica y de cirugía estética, en periodo de crecimiento y menor, representante legal y padres o tutor, solicitar el DNI o cerciorarse de la edad, y de antónimos, menor y mayor de edad, obligar y consentir, válido y anulado… ( Nerea U. ©)
Las palabras del texto son de carácter denotativo, no contienen ningún doble sentido o con valoraciones subjetivas, propio de los textos expositivos. El campo semántico principal es de la medicina y el que podría englobar todo el de lo jurídico, palabras que se relacionan con ese sema, contrato, obligación, derecho, leyes, legislación, sentencia…
La mayoría de los conectores textuales son de oposición, sin embargo, no obstante, ahora bien… pero también podemos encontrar de adición, además, localizaciones temporales, hasta ese momento…
5 -. En mi opinión la mayoría de edad debe seguir estando a los 18 años, ya que creo que a esa edad la mayoría de los jóvenes somos lo suficientemente responsables para decidir lo que nos parece apropiado o no hacer.
Respecto a las operaciones de cirugía estética, creo que para poder consentirlas los jóvenes deberían ser mayores de edad, y no con tan sólo 16 años, ya que a esa edad todavía no eres lo suficientemente consciente de los riesgos que conlleva, y más estando en crecimiento.
Para terminar, opino que hay casos en los que la mayoría de edad debería ser diferente, pues hay casos en los que un joven de 16 años es completamente capaz de decidir y otros en los que no. ( Itziar J.©)